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La Sociedad Argentina de Ginecología Infanto-Juvenil
tiene al día de hoy 30 años de creada. Se fundó
con el objetivo de reunir en ella a todos los profesionales
que ejercen la Ginecología Infanto-Juvenil para tener
un foro común de aprendizaje y enseñanza, intercambiar
experiencias y propiciar un mejoramiento permanente de la
calidad de la atención ginecológica de niñas
y adolescentes. Con estos objetivos, el tema de la Salud Reproductiva
y Procreación Responsable en las adolescentes ha sido
uno de los principales a tratar en el transcurso de todos
estos años, especialmente porque las consecuencias
y secuelas de “errores” cometidos por las jóvenes
en ésta área son siempre motivo de consulta
y de preocupación de los ginecólogos infanto-juveniles.
Por este motivo la Sociedad Argentina de Ginecología
Infanto-Juvenil desea aportar los siguientes conceptos
sobre la Ley Nacional de Salud Sexual y Procreación
Responsable.
Como modo de introducción hacemos saber que existen
antecedentes de resoluciones adoptadas por Asociaciones que
trabajan en el campo de la Salud Sexual y Reproductiva en
diversos órdenes :
• Orden mundial: Resolución
de los Países Nórdicos (Dinamarca, Islandia,
Noruega, Suecia y Finlandia) sobre Salud y derechos
sexuales de los adolescentes presentada en La Haya
en Febrero de 1999, que se basa en el Programa de Acción
de la Conferencia de Población y Desarrollo de las
Naciones Unidas adoptado por más de 180 países
en El Cairo en 1994 (al cual nuestro país también
adhirió) donde se reconoce como derecho la decisión
libre y responsable para establecer el número, espaciamiento
y momento de procrear; esto es un derecho del ser humano,
el cual debe tener acceso a la información y los medios
que le permitan ejercer dicho derecho. Con relación
a la población de jóvenes y adolescentes el
Programa de Acción mencionado dice que: “ Los
países deben proteger y promover los derechos de los
adolescentes a la educación en Salud Reproductiva,
garantizar la información y la atención que
requieran, para reducir el número de embarazos en este
grupo de edad”.
Los países nórdicos son en muchos aspectos
pioneros al haber otorgado a los jóvenes y adolescentes
derechos, información, educación y acceso a
servicios de salud sexual y reproductiva. Y su experiencia
indica que muchos problemas pueden prevenirse y resolverse
mediante acciones educativas en estos aspectos entre los jóvenes.
Con fecha de Diciembre de 1999 nuestra Sociedad adhirió
a esta Resolución luego de una consulta efectuada a
nuestros profesionales asociados que con total mayoría
estuvieron de acuerdo.
• Orden local: En el mes de Abril
del 2000 se realizó en Buenos Aires el I° Congreso
Latinoamericano de Salud Sexual y Reproductiva con participación
de 678 profesionales expertos en el tema, al finalizar el
mismo se aprobó la Declaración de Buenos Aires
sobre Salud Sexual y Reproductiva donde se declara:
Los derechos sexuales y reproductivos son parte de los derechos
humanos y por ello fundamentales para la vida, la libertad,
la justicia y la paz en el mundo.
Al tener rango constitucional, la violación a estos
derechos o la imposibilidad de ejercerlos en la vida cotidiana
afectan en forma directa al ejercicio de la ciudadanía
Su cumplimiento compromete a las personas individuales y
a la familia así como también a la comunidad
y al estado.
Con estos antecedentes y muchos otros, y con la experiencia
adquirida por esta Sociedad durante muchos años en
los que éste tema ha sido debatido por nuestros expertos
deseamos expresar nuestra opinión sobre la Ley Nacional
25.673, de creación del Programa Nacional de Salud
Sexual y Procreación Responsable :
Las jóvenes adolescentes tienen derecho a la educación
en Salud Reproductiva y a la información necesaria
para ejercer ese derecho en forma correcta.
Las jóvenes adolescentes tienen derecho al asesoramiento
y adecuado acceso a los métodos anticonceptivos a través
de la concurrencia a consultorios y/o servicios de alta calidad
especializados en Ginecología Infanto-Juvenil así
como a equipos interdisciplinarios para ser atendidos en estos
requerimientos
Las jóvenes adolescentes tienen derecho a las mismas
condiciones de igualdad y equidad que los varones para el
ejercicio de un desarrollo libre de la discriminación
por motivos de género
Otorgar a las jóvenes adolescentes educación
y facilitar el ejercicio de sus derechos les permite poner
en práctica debidamente sus deberes al optar por decisiones
informadas que redundan en el ejercicio de una sexualidad
y procreación responsable, conforme a sus valores.
Garantizar a las adolescentes que acuden a servicios de salud
sexual y reproductiva el derecho a la privacidad y confidencialidad.
La experiencia demuestra que si este derecho no es respetado
se pierde el rol educativo y protector que los adultos podemos
ejercer sobre ellos.
La inversión en Salud Sexual y Reproductiva de adolescentes
y jóvenes, sin interferir en sus propios derechos,
redundará en un mejor desarrollo de esa joven en beneficio
de ella misma, de su familia, de la sociedad toda y en última
instancia de la humanidad.
Los profesionales de la SAGIJ han recibido con beneplácito
la sanción de la Ley y esperan mejorar una realidad
alarmante que muestran las estadísticas del año
2000:
En Argentina, el 15% de los nacimientos son en mujeres
adolescentes (10 a 19 años)
El grupo de 10 a 14 años representa el 3.2%
de las adolescentes. En 1993, la tasa de mortalidad materna
para el grupo de 15 a 19 años fue de 41/100.000 y el
de 10 a 14 de 178/100.000.
Se sabe que los embarazos adolescentes son embarazos de riesgo,
tanto para la madre como para el bebé.
Además en la mayoría de los casos son embarazos
inoportunos y se generan situaciones que propician el aborto
como solución, con los consiguientes riesgos para la
salud psicofísica.
Se calculan entre 350.000 y 400.000 los
abortos practicados anualmente en la Argentina ( dato tomado
sobre una población de 24.700.000 habitantes, 50 abortos
cada mil mujeres en edad fértil): Aller Atucha, Jorge
Pailles. Rev. Ginecologia Reproductiva 1997,5:241.
Por todas estas razones expuestas la Sociedad Argentina
de Ginecología Infanto - Juvenil se manifiesta
en un todo de acuerdo a la Ley Nacional 25.673, de creación
del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación
Responsable, esperando que la misma sea adoptada por todo
el país en beneficio de nuestros jóvenes adolescentes
argentinos. |